Matrimonios durante la Guerra y la posguerra
En diversos pasajes de esta publicación hemos dejado constancia de que durante la guerra y la posguerra se celebraron algunos matrimonios de vecinos de Líria con soldados de la Republica y finalizada la guerra, fruto de las amistades que se fraguaron, también con soldados del Ejército Nacional. Entre ellos y en primer lugar dada la circunstancia que concurrieron durante la guerra tuvieron lugar el matrimonio de los vecinos de Lirilla.
Juan Morato Ponce y Enriqueta navarro Faubel con fecha 11 de diciembre de 1937.
Modesto Pérez Hernández con Isabel Navarro Faubel el día 18 de diciembre de 1937. Modesto pertenecía al arma de aviación siendo natural de Molina del Segura (Murcia). Sus hijos Antonio e Isabel aún viven en Líria donde se casaron y fundaron sus familias.
Manuel Martínez del Rio, natural de Castro-Tierralcon 4º Tabor de Larache-152 División, con Trinidad Martínez Peñarrocha, natural de Líria, matrimonio celebrado el día 28 de noviembre de 1940.
José Maria Rodríguez Llanos, natural de Orcencinas (Asturias) 4º Tabor, Regulares de Larache 152 División con Remedio Castillo Soriano, natural de Líria, matrimonio celebrado en Líria el dia 17 de abril de 1941.
José Jiménez Salas, natural de Pinos-Puentes (Granada), Alférez Provisional de Infantería de la 152 División con Maria Teresa Veses Pascual, vecina de Líria matrimonio celebrado el día 16 de julio de 1941
Mariano Montesinos Aviles, natural de Melilla, 4º Tabor de Larache 152 División con Concepción Durban Muñoz, matrimonio celebrado el día 29 de noviembre de 1941.
También se celebraron otros matrimonios pero la imposibilidad de mencionarlos a todos, lo hemos hecho, con los que a nuestro juicio tuvieron una mayor difusión en nuestra población.
La Iglesia Católica a todos los matrimonios que se realizaron en los Juzgados Municipales, los convalidó, es decir que los tuvo como si se hubieran celebrado dentro de la Iglesia Católica. Así mismo se convalidaron los matrimonios celebrados en Consulados y Embajadas, bien ante funcionarios de las mismas, ante Sacerdotes refugiados en Embajadas o Consulados, como fue el caso de D. Vicente Gil Sabater y Dª Pilar Duran Martínez, ya que la jerarquía eclesiástica, tuvo en cuenta la voluntad de los contrayentes de formalizar su matrimonio ante las autoridades que el 18 de julio de 1936, eran las encargadas de celebrar tanto matrimonios civiles como religiosos. A los contrayentes ante los Comités u otros organismos no les dio validez.
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